55a. sesión plenaria 4 de Noviembre de 1982
Aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 9/11/1982
Trigésimo séptimo período de sesiones Tema 135 del programa
RESOLUCION APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL Cuestión de las Islas Malvinas (Falkland) La Asamblea General, Habiendo examinado la cuestión de las Islas Malvinas (Falkland),
Consciente de que el mantenimiento de situaciones coloniales es incompatible con el ideal de paz universal de las Naciones Unidas, Recordando asimismo las resoluciones 502 (1982) del 3 de abril de 1982 y 505 (1982) del 26 de mayo de 1982, del Consejo de Seguridad, Tomando en cuenta la existencia de una cesación de hecho de las hostilidades en el Atlántico Sur y la intención por las partes de no reanudarlas,
Reafirmando la necesidad de que las partes tengan debidamente en cuenta los intereses de la población de las Islas Malvinas (Falkland) de conformidad con lo establecido por la Asamblea general en las resoluciones 2065 (XX) y 3160 (XXVIII),
Reafirmando asimismo los principios de la Carta de las Naciones Unidas sobre el no uso de la fuerza o la amenaza en las relaciones internacionales y la solución pacífica de las controversias,
1. Pide a los Gobiernos de la Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte que reanuden las negociaciones a fin de encontrar una solución pacífica a la disputa de Soberanía sobre dichas Islas;
2. Pide al Secretario General que, sobre la base de la presente resolución, emprenda una misión renovada de buenos oficios a fin de asistir a las partes en el cumplimiento de lo solicitado en el párrafo 1 supra, adoptando con tal propósito las medidas apropiadas;
3. Pide al Secretario General que presente un informe a la Asamblea General en su trigésimo octavo período de sesiones acerca de los progresos realizados en el cumplimiento de la presente resolución. 4. Decide incluir en el programa provisional de su trigésimo octavo período de sesiones el tema titulado “Cuestión de las Islas Malvinas (Falkland)”.