Cesar Lerena

Ley 852 (Ley Gaucho Rivero) de Tierra del Fuego de reafirmación de los derechos imprescriptibles, sobre los espacios marítimos y prohíbase la permanencia, amarre o abastecimiento en territorio provincial de buques de bandera británica.

Sanción: 25/8/2011.

Promulgación: 14/09/11 D.P. Nº 2108.

Publicación: B.O.P. 21/09/11.

Artículo 1°.- Reafírmanse los imprescriptibles derechos sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y sus espacios marítimos circundantes como parte integrante del Territorio de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur conforme lo estipula la Ley nacional 26.552.

Artículo 2°.- Prohíbese la permanencia, amarre o abastecimiento u operaciones de logística en territorio provincial de buques de bandera británica o de conveniencia, que realicen tareas relacionadas con la exploración, explotación de recursos naturales, buques militares, dentro del ámbito de la cuenca de las Islas Malvinas sobre la plataforma continental argentina. Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Leyes similares se aprobaron en

BA (14.380/12)

Santa Cruz (3239/11)

Chubut (136/11) Río Negro (4770/11)

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