Para el Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, este río se extiende desde el paralelo de Punta Gorda (Uruguay) hasta la línea recta imaginaria que va de Punta del Este (UY) con Punta Rasa (Argentina), habiéndose establecido una franja costera de jurisdicción exclusiva de siete millas entre el límite exterior del Río de la Plata y la línea recta imaginaria entre Colonia (UY) y Punta Lara (AR) y, de una distancia de dos millas desde esa línea hasta el paralelo de Punta Gorda. El Tratado incluye, las inflexiones necesarias de sus límites exteriores para que no sobrepasen los veriles para seguridad de la navegación en los canales de las aguas de uso común y de acceso a los puertos y otras cuestiones relativas a los buques, a las acciones relativas a la pesca sustentable y la contaminación de las aguas, etc.
Respecto a la franja costera de los países vecinos, al tratarse de un río, la Argentina no adoptó la ley 17.094 que establecía un mar territorial de 200 millas, pero tampoco aplicó las líneas de base que se aprobarían varios años después por Ley 23.968.
En la «Convención Preliminar de Paz» el Gobierno de las Provincias Unidas del Río de la Plata y el Reino del Brasil acordaron en 1828 la independencia de la Banda Oriental, luego Uruguay; al tiempo que establecieron en una cláusula adicional, que, por quince años, se aseguraba la libre navegación para ambas naciones; sin embargo, no se fijó el mar territorial y, ello generó diferencias, a punto de provocar algún conflicto armado y dio lugar, 145 años después, a la firma del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, en Montevideo el 19 de noviembre de 1973, el que fue ratificado por nuestro país mediante la Ley 20.645 y por Uruguay por Ley 14.145, dando fin a los graves desentendimientos entre dos países, original y, culturalmente hermanos, el 16 de agosto de 1976 se constituyó la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo (CTMFM), quien realizó su primera sesión plenaria el 4 de febrero de 1977.
Ambos gobiernos, con el propósito mutuo de eliminar las dificultades derivadas de una indefinición respecto a los límites y derechos del Río de la Plata, celebraron este Tratado que fue el resultado de una política de Estado iniciada en 1910 por Roque Sanz Peña, quien luego sería Presidente, continuada en 1964 por el Canciller Miguel Angel Zavala Ortiz y firmada en 1973 por el Canciller Alberto Vignes, junto a su par uruguayo, que pretendió, ir mucho más allá de una cuestión de límites, peces y ambiente, sino «sentar las bases de una más amplia cooperación entre los dos Países y estrechar los arraigados vínculos de tradicional amistad y hondo afecto que unía a sus Pueblos» y, como refirió el Presidente Juan Domingo Perón el 19 de noviembre de 1973: «Será éste el instrumento más eficaz en la defensa de intereses comunes a los dos pueblos, una acción ejemplar en el orden internacional. Suscribir el protocolo de la fraternidad uruguaya y argentina -decía Sáenz Peña- no es crear una política distinta de la que nos viene impuesta por nuestra tradición, es consagrar, para siempre, la fraternidad uruguaya y argentina. Un mismo cielo cubre nuestras aguas, su azul se refleja en el y en nuestras banderas. Aceptemos ese simbólico abrazo de la naturaleza como un signo de fraternidad que nos convoca a la paz, al trabajo en común, a la prosperidad y a la felicidad de nuestros dos pueblos»
Cuarenta y cinco años después, los resultados de uno de los más importantes tratados de integración latinoamericana son verdaderamente escasos, limitándose, a una discutida administración del Río y de la Zona Común y, sin avanzar, en “la más amplia cooperación entre los dos países”, espíritu, que se expresó, en los considerandos que fundaron el Tratado y en los hombres que lo promovieron.
El delimitar las jurisdicciones de los países en el río y los alcances de las actividades, no debiera operar como una suerte de muro separador, sino por el contrario, consolidar una gran puerta de entrada y de unión de dos territorios vecinos, con una historia y cultura común y, con la necesidad, de actuar en forma sinérgica es las cuestiones económicas y geopolíticas, de cara al mundo, de ocupación del Atlántico Sudoccidental y de comunicación al Pacífico.
En esa lucha de intereses del siglo XIX entre Brasil y Argentina, que dio lugar -con intervención de Gran Bretaña- a la independencia del Uruguay en 1828, dejamos de lado ese territorio común y a sus habitantes, genéticamente unidos a nuestro país y viceversa. Olvidamos también, que la Reconquista de Buenos Aires en 1806 fue posible gracias al aporte económico y a la formación de milicias de los comerciantes de Montevideo y, a las tropas allí destacadas, que bajo el mando de Liniers, nos liberó de los ingleses y, más aún, perdimos de vista, lo que ya el Virreinato conocía perfectamente: la posición estratégica de los puertos de Montevideo y Buenos Aires en cada extremo del plata, y su operación asociada con relación al control del Río de la Plata, el Atlántico sur y, al mar austral de las Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur y Tierra del Fuego, para controlar la Antártida y el acceso al Pacífico.
¿Por qué desde el año 1494 Portugal tenía interés en quedarse con la Banda Oriental?, sino era, por su posición estratégica en el Río de la Plata y el acceso a los ríos Uruguay y Paraná, permitiéndole, una libre navegación en la cuenca superior, y, ¿por qué España crea en 1776 el Apostadero Naval de Montevideo, su más importante autoridad naval en el Río de la Plata y el Atlántico Sur hasta el Cabo de Hornos?, sino era con el objeto de controlar el acceso al Pacífico, el estrecho de Magallanes y el paso de Drake y, ¿por qué en San Ildefonso, se dispone la presencia permanente de dos fragatas en el Río de la Plata, una en las islas Malvinas y, otra en Montevideo?
¿Y qué está haciendo Argentina en pleno siglo XXI, con un MERCOSUR deprimido y mientras nuestros vecinos Brasil y Chile tienen fortalecidas sus fuerzas armadas? Mantiene con Uruguay una Comisión Administradora del Río de la Plata (CARP) y otra Técnica Mixta del Frente Marítimo (CTMFM), compuesta de nueve funcionarios argentinos con inmunidad diplomática que se reúnen una vez por mes, con altos sueldos en dólares, como si no fuera más eficiente, a estos efectos y, con los resultados a la vista después de cuatro décadas, asignarles estas tareas al Subsecretario de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante y, al Subsecretario de Pesca, cuyas obligaciones relativas al Tratado aprobado por Ley 20.645 ya le están asignadas en las normas que indican a ambas Autoridades de Aplicación, entre otras, la ejecución de las tareas de control y fiscalización de los puertos, vías navegables, concesiones y contrataciones, así como para llevar a cabo las políticas, programas y estudios referidos a las actividades portuarias, al transporte fluvial y marítimo y a la marina mercante nacional y, en la conducción y ejecución de la política pesquera nacional, regulando la explotación, fiscalización e investigación, entre otras funciones.
Qué hacen en la Comisión Técnica, diplomáticos que carecen de conocimientos técnicos específicos y, también señores como Tomás Gerpe y Otto Wohler que fueron incapaces de conducir las funciones que tenían asignadas en la Subsecretaria de Pesca y en el INIDEP. Por su parte, se ignoran los motivos por los cuales, el ex Subsecretario de la Sec. General de la Gobernación Mario Etchevarren que, según página/12, tiene varias denuncias penales por recaudación ilegal, narcotráfico y prostitución de menores; el Ing. Agr. Walter Feldkamp, un hombre dedicado a la agricultura que apoya el uso del glifosato en esa actividad y, María Felicitas Rodriguez, una señora presidenta de la UCR Uruguay dedicada a la ganadería, fueron designados, sin antecedente afín alguno, ante la Comisión Administradora del Río de la Plata.
Algún perspicaz podría decir: «piedra libre atrás de la beca de la Comisión del Tratado». Y así nos va.
Se han realizado trabajos técnicos, simposios y reuniones, etc. para justificar la gestión y, podrían agregarse otras labores, como la construcción del canal Martín García o el diseño del FREPLATA. Todas tareas que ya están asignadas en las competencias de otros organismos de Argentina y Uruguay, que tienen acreditados científicos y profesionales, además de contar con los recursos económicos para ejecutar las funciones que les son propias. Este importantísimo Tratado de Integración, que significó grandes esfuerzos a ambas naciones para su concreción, ha sido reducido a una dependencia burocrática, con escasa creatividad, y, sin sustanciales avances, con relación a los objetivos superiores de potenciar el desarrollo de la raíz común de ambos pueblos y su integración económica y social.
Vemos, a algún funcionario haciendo declaraciones de índole ajena a sus responsabilidades específicas y, ninguna, para tratar de profundizar este tratado de cooperación argentino-uruguayo y, es notable que durante la etapa fundacional de los siglos XVIII y XIX, se pudo entender más la importancia del Río de la Plata y su integración geopolítica, que, en estos años transcurridos desde la gestación del Tratado.
Un río con 30.212 Km2 de superficie y 290 km de longitud, por el que ingresan el 95% de las importaciones argentinas y uruguayas y egresa el 80% de sus exportaciones; donde, desde Buenos Aires a Santa Fe se radica el 80% de la industria nacional y, que, sobre ambos márgenes viven el 60% de los pobladores, parece bastante insólito que las Comisiones de Administración y, Técnica Mixta, se dediquen solo a administrar el río y su stock ictícola. Ya habían entendido los portugueses en el siglo XV y, luego los ingleses, los brasileños y rioplatenses que la Banda Oriental y la Cuenca del Plata eran estratégicamente fundamentales por su proyección al Atlántico Sur y su acceso a la hidrovía. Ahora, países independientes, es de esperar una asociación estratégica, generosa y amplia, que potencie los intereses binacionales, derivados de este «puente de unión» y esta extraordinaria «puerta al mundo».
Se avanzó en esta integración, cuando se creó en 1960 en Montevideo la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC), luego ALADI; con el Tratado de Límites del Río Uruguay aprobado por ley 15.868 durante la gestión de Frondizi en 1961; con el Estatuto del Río Uruguay de 1976 ratificatorio y complementario del Tratado; y, en 1964 cuando se firmó el Convenio entre YPF y la ANCAP del Uruguay y, también, cuando ambos países acordaron el monitoreo conjunto del río Uruguay con motivo del funcionamiento de la pastera Botnia; aunque, claro está, fue la Comisión del Río Uruguay quien intervino en la búsqueda de una solución al conflicto ambiental, para resolver una cuestión traumática que, habiendo dejado heridas profundas entre dos países hermanos, deberá resolverse con más integración. Lo que es malo para los argentinos debiera ser malo para los uruguayos y viceversa y, en ningún caso, es posible avanzar en proyectos sin el consenso necesario. No olvidemos que Montevideo, Buenos Aires y otras tantas ciudades de ambos países, han servido de refugio a los emigrados políticos desde la época de la colonia y la independencia, hasta los tiempos de los gobiernos militares.
Es inadmisible, entonces, que, a inicios del siglo XXI, cruzar “el charco” de Buenos Aires a Montevideo o Colonia y viceversa dependa de un par de empresas y, a un altísimo costo, que limita el fluido tránsito de los bienes y las personas; primera condición a resolver para la integración social, cultural y económica de nuestros países. Y, ¡qué bien nos vendría a los porteños imbuirnos de la bonhomía Oriental!
¿Dónde está la Comisión Administradora y la Técnica Mixta del Frente Marítimo, para llevar adelante una política común? Cómo es posible, que el Puerto de Montevideo le dé cobijo y logística a cientos de buques mercantes y pesqueros, que hacen tráfico con Malvinas o capturan en forma clandestina nuestros recursos en el atlántico sur. Nos hemos retrotraído al 1800 donde los barcos contrabandistas y negreros hacían pie en Montevideo, pero claro, no había entonces Tratado construido con tanto esfuerzo ni presupuesto al servicio de promover la unión.
¿Qué dijo la Comisión sobre la instalación de empresas chinas en puertos de Uruguay, bajo zona franca, quienes efectuarán las inversiones necesarias para atender la logística de cientos de buques oceánicos pesqueros? Nada. ¿Se imaginan que ocurrirá en el Atlántico Sur, la Zona Común y el Río de la Plata?
Por cierto, la Subsecretaría de Vías Navegables de Argentina al prohibir, por Disposición 1108/13, los transbordos de las exportaciones argentinas en puertos uruguayos (favoreciendo a Brasil) fue a contrapelo de buscar caminos compartidos y, también, absolutamente ineficaz, para evitar el uso de los puertos uruguayos por parte de portacontenedores, buques que pescan ilegalmente (INDNR) y barcos mercantes extranjeros que hacen trasbordo en el mar de pesqueros con regímenes laborales esclavos.
En lugar de estar discutiendo, cuál es el puerto y de qué país, el que tendrá preminencia, deberíamos acordar el mantenimiento de los canales imprescindibles, incluso con la participación de Bolivia y Paraguay que usan la hidrovía mantenida por Argentina y, construir un amplio puerto binacional concentrador de aguas profundas (Art. 27º del Tratado), cercano al límite exterior del Río de la Plata, que facilite las operaciones de los grandes buques, el comercio, optimice el control aduanero, reduzca costos, resguarde el acceso a la Cuenca del Plata y, nos vincule a Chile a través de un corredor bioceánico. Es imperioso e impostergable.
No se efectuaron mutuas resignaciones, ni se transformó la Isla Martín García en una reserva natural y se estableció una Zona Común de Pesca en la Z.E.E. de Uruguay y en la aún más extensa y rica Z.E.E. Argentina para sostener una estructura burocrática, sino para «asentar las bases de la más amplia cooperación entre los dos países» en la explotación de los recursos, el transporte, la tecnología, el desarrollo portuario y general, en el que ambas naciones pueden y deben complementarse.
Respecto a la Zona Común de Pesca (Art. 73º del Tratado) y el uso de los puertos de Uruguay para buques extranjeros que operan ilegalmente dentro de la Z.E.E. Argentina o en el área adyacente a ésta, sobre las especies migratorias o asociadas, resulta intolerable la inoperancia de la Comisión Técnica Mixta para llevar adelante Acuerdos de Cooperación que aseguren el pleno cumplimiento del Tratado (en especial los artículos 3º y 5º); la CONVEMAR; el combate a la Pesca Ilegal, no Declarada y no Reglamentada (INDNR); las Res. de las Naciones Unidas Nros. 2065/65; 37/9; 31/49; 23171/73 y 3175/73, y, la Res. del UNASUR dada en Asunción el 17 de marzo de 2012 donde los Cancilleres, rechazaron la explotación por parte del Reino Unido de los recursos naturales del Atlántico Sur y decidieron prohibir el ingreso a los puertos de buques con bandera ilegal de Malvinas. Es decir, compromisos, que hacen inaceptable el uso de los puertos uruguayos a los buques extranjeros que pescan ilegalmente recursos argentinos y, en su caso uruguayos, en el Atlántico Sudoccidental.
Por otra parte, el análisis de las capturas 1989-2017 en la Zona Común de Pesca, nos estaría indicando una mala administración del recurso y un desarrollo desequilibrado de la actividad.
Por cierto, que el Tratado refiere a la «prohibición de acciones contaminantes, a la protección del medio marino y a la conservación de las especies» (art. 47-52, 54-56, 66, 73-76, 78, 80-82) y, en el concepto más amplio de estas acciones, se encuentra la prohibición de la explotación irracional y sin control; la depredación; el descarte de especies; la captura de juveniles, etc. todas prácticas que son realizadas por buques ilegales y, que, siendo perpetradas dentro o no de la Z.E.E. atentan contra el ecosistema, del mismo modo, que facilitar estas prácticas depredadoras proveyéndoles puertos de apoyo en Uruguay.
Como consecuencia del acrecimiento de tierras por aluvión, la Isla Martín García se unió a la Isla Timoteo Dominguez, dando lugar, a la primera frontera seca argentino-uruguaya. Todo un símbolo de cuál es el camino entre ambas naciones.
Ya sea “bo” o “che”, todas estas cuestiones deberían estar “pronto” o “hechas”. Argentina-Uruguay o Uruguay-Argentina debieron ser un único y gran país, pero no siéndolo, es necesario que trabajemos para consolidar el espíritu de la Federación que quiso Artigas, sabiendo que, como dijera San Martín, “para los hombres de coraje se han hecho las empresas”. Nos tenemos que “animar”. El lenguaje y la comunión debiera servirnos para reconciliarnos y caminar juntos hacia un destino mejor.
¿Tomarnos un buen mate argentino u oriental?: Rioplatense.
Dr. César Augusto Lerena
Experto en Atlántico Sur y Pesca.
Ex Secretario de Estado.
Autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”).
7 de enero de 2019