Cesar Lerena

EL GOBIERNO DEBE “DECLARAR FINALIZADAS” LAS DECLARACIONES CONJUNTAS DE MADRID

El Gobierno debiera DECLARAR FINALIZADAS las DECLARACIONES DE MADRID (conocidas como los Acuerdos de). En estos días comenzó a hacerlo parcialmente el Canciller Felipe Solá cuando manifestó «suspender para siempre, no entregar más información (pesquera), ni  intercambiar información científica (al Reino Unido de Gran Bretaña), porque es uno de los temas soberanos y no podemos entregar datos estratégicos a quien usurpa y luego usa esta información para otorgar licencias de pesca»[1], ya que lo expresado, refiere a los temas pesqueros explicitados en los puntos 1 y 10 de la Declaración Conjunta del 19 de octubre 1989 y al punto 7 del 15 de febrero de 1990, ambas de Madrid[2].

Declarar es solo hacer pública una decisión. Sí, pero, a pesar de ello, los gobernantes se han sentido obligados a cumplir con determinadas cláusulas. Una ultrajante Declaración de dos delegados (Lucio García del Solar y Crispín Tickell), mostrada como un triunfo, por el entonces Canciller Cavallo, que nunca fue un Acuerdo Bilateral ni un Tratado aprobado por el Congreso Nacional y, por lo tanto, sin fuerza de Ley y, en razón a ello, tampoco firmada por el Poder Ejecutivo.          

Anímese “Don Felipe” le dirían, en el campo, “no es pa’cualquiera la bota e’potro”. Esta es la oportunidad de DECLARAR FINALIZADA esta absurda y denigrante “Declaración”, que perduró durante 30 años, por una manifiesta incapacidad negociadora y claudicación diplomática.

El gestor inicial de estas Declaraciones fue el entonces Canciller Caputo (UCR), lo presentó luego el Canciller Cavallo (PJ) como un éxito de la diplomacia argentina, pero, según Julio C. González «fue redactado por el Foreign Office» (Los Tratados de Paz por la Guerra de Malvinas, pág. 129, 1998).

No se animaron Cancillería Argentina ni el Foreign Office a considerar esta Declaración un Tratado, por miedo a enfrentarse con una oposición cerrada en el Congreso Nacional. A tal punto, que debieron recurrir a comunicar la Declaración -en una evidente decisión de darle más fuerza- a las Naciones Unidas, al Consejo de Seguridad, a la Unión Europea y la Organización de los Estados Americanos, perdiendo de vista, que no habiendo mediación ni intervención de un tribunal los acuerdos de este tipo no se depositan en los organismos. No lo prevé nuestra Constitución, no es una acción vinculante ni una práctica habitual de la diplomacia. Solo la U.E. tiene un Acuerdo multilateral entre sus miembros, donde sus resoluciones son vinculantes al interior de los 23 Estados; motivo -entre otros- de la salida (Brexit) del R.U. de Europa.

Ahora, en 2020, con el descrédito de los Organismos Internacionales (OMS, OMC, etc.), estas “reuniones” (sic) que derivan en una Declaración causan estupor.

En el punto 2 (1) de esta infamante Declaración refiere a que «ningún acto o actividad que lleven a cabo la Argentina, el RU o terceras partes, como consecuencia y en ejecución de lo convenido en la presente reunión o en cualquier otra reunión similar ulterior podrá constituir fundamento» en favor de uno u otro respecto a la soberanía (el paraguas) y, es notable, que pese a la falta de jerarquía con que los actores tratan al ámbito (la reunión) de discusión de la soberanía territorial, la defensa y explotación de los recursos de Argentina, el RU no solo ha persistido en ocupar el Archipiélago de Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur (en adelante Malvinas) y las tres millas marinas circundantes a estas, sino que ha ampliado el territorio marítimo invadiendo 1.639.900 Km2; explotado un promedio anual de unas 250.000 toneladas de nuestros recursos; iniciado exploraciones petroleras y, limitado la acción de las fuerzas navales y aéreas, despreciando al mismo tiempo, lo resuelto en decenas de Res. de la ONU y en especial la 2065/65 y, la 31/49 que promueve no cambiar el estatus imperante.    

Este panfleto[3] declarativo es de una debilidad manifiesta propia de una capitulación (la moneda de cambio del J14 argentino) o, tuvo la intencionalidad política, de trasferir la soberanía nacional, más allá de las Islas, ya que, de otro modo, es inentendible e inaceptable que pueda mantenerse vigente. Mientras la Argentina se quedó congelada en 1982, el RU avanzó aceleradamente; a pesar de que, la propia Declaración, refiere a que «Nada en el desarrollo o contenido de la presente reunión o de cualquier otra reunión similar ulterior será interpretado como un cambio en la posición de la Argentina acerca de la soberanía o jurisdicción territorial y marítima» Ni tampoco que «Ningún acto o actividad que lleven a cabo la Argentina o el RU o terceras partes como consecuencia y en ejecución de lo convenido (…) podrá constituir fundamento para afirmar, apoyar o denegar la posición de Argentina acerca de la soberanía…». Un panfleto, donde el RU «reafirmó (3) su compromiso de respetar plenamente los principios de la Carta de las Naciones Unidas…» y, «eliminar toda restricción y práctica restrictiva subsistente impuesta desde 1982» ¡Nada más alejado de la realidad que llevó adelante el RU en el Atlántico Sur! El RU no cumplió con la Declaración Conjunta.

Quién era el diplomático argentino jubilado, Lucio García del Solar, que había intervenido con éxito en el dictado de la Res. ONU 2065/65 y, a quien la Cancillería, le encomendó reunirse a solas en Nueva York el 16 y 17 de agosto de 1989 con el Encargado británico ante la ONU Sir Crispín Tickell para iniciar las negociaciones [4]; pero, que al declarar en Madrid decía, entre otras cosas, que «ambos gobiernos no efectuarían reclamos en relación con las pérdidas o daños ocasionados por las hostilidades y cualquier otra acción en y alrededor de Malvinas, con anterioridad a 1989». No sabía este fogueado diplomático o, su poderdante Cavallo, que el ilegal Gobernador Británico de las islas, con la excusa de la firma del Canciller Caputo de los Acuerdos “Marco” Pesqueros con la URSS y Bulgaria en 1986, habría creado[5] ese mismo año, la «Zona Provisional de Conservación y Administración de Pesquerías» (FICZ) de 150 millas; además de reivindicar, por orden de la Reina, la Z.E.E. y una Plataforma Continental de 200 millas marinas (unos 438.000 km2) alrededor de Malvinas[6]. Aun así, luego de 1989 los británicos ampliaron su ocupación de territorio marítimo argentino, incumpliendo con la Declaración Conjunta.

¿Quién firmaría que la Argentina se comprometía a investigar en conjunto los recursos pesqueros dentro del área de Malvinas de la Z.E.E. Argentina o aún peor por fuera de ella?[7] y ¿quiénes fueron los asesores pesqueros que participaron en la reunión en París de diciembre de 1989? Ninguno. Yo estaba designado para asesorar a la Comisión de Diplomáticos, pero fui bajado al pie de la escalerilla del avión por el Canciller Cavallo, con el argumento, de que mi rango de Secretario de Estado era muy alto para la reunión pactada (Pasaporte Diplomático, Libro 2, pág. 397, Nº 4651, del 11 de octubre de 1989).   

Estas Declaraciones terminaron con la Argentina soberana, industrial, tecnológica, científica y dueña de sus recursos naturales y servicios públicos y, la devolvieron, a sus orígenes de proveedor de granos, transgénica, semilla-dependiente y química-fumigada. La Argentina del monocultivo, con los servicios y los recursos naturales concesionados-privatizados. De la Argentina con un mar territorial de 200 millas marinas, por imperio y defensa de la Ley 17.094 (Roberto Roth) a la Argentina de la Z.E.E. depredada por británicos, españoles, chinos, británicos, coreanos, taiwaneses, rusos, etc. Un país colonizado, que, pese a tener ocupado por los ingleses 1.639.900 km2 de su territorio marítimo, declara no tener hipótesis de conflicto y desarma sus fuerzas armadas.

Esta Declaración es humillante y, hasta por el tiempo transcurrido y la vocación democrática y diplomática argentina, ya no encuentra sustento en la desconfianza (un argumento de la Declaración). No podemos (nunca debimos) resignar soberanía, respecto a Malvinas y el Atlántico Sur vinculado a estos archipiélagos y, a la Antártida, pero aún menos, a otros espacios marítimos, donde esta declaración claudicante subordinó las fuerzas armadas argentinas a las británicas.

Ahora bien, no habiéndose ratificadas estas reuniones en el Congreso, no es éste quien debe denunciar la Declaración, sino el propio Ministerio de Relaciones Exteriores de la Nación con otra Declaración unilateral, como la que efectuó en estos días que no seguirá informando ni investigando en conjunto con los británicos los recursos pesqueros de dominio y en jurisdicción del Estado Argentino.       

Podemos firmar una nueva Declaración, donde la fórmula de la soberanía (el paraguas) tenga fecha de vencimiento en muy corto plazo; se promuevan nuevas y convenientes relaciones comerciales con el RU; se incrementen los contactos culturales, científicos y deportivos, entre el territorio continental argentino y el insular; se retrotraiga la ocupación territorial marítima a 1982 conforme lo establecido en la Res. ONU 39/41; se obligue a las partes a respetar las Res. de la ONU y, solucionar las controversias exclusivamente por medios pacíficos, absteniéndose de amenazar o al uso de la fuerza; se elimine toda restricción y práctica restrictivas subsistentes impuestas en 1982; se profundice la acción humanitaria respecto a los combatientes caídos en Malvinas y sus familiares; se elimine el visado de pasaportes en el continente argentino y el Archipiélago Malvinas; se coopere en materia del combate al narcotráfico.

Pero, de ninguna manera, la fórmula de la soberanía (el paraguas) puede prolongase in aetérnum; tampoco informar, reportar, limitar, reglar, consultar, comunicar, acordar o verificar el movimiento de las fuerzas navales y aéreas argentinas en el Atlántico Sur; no se intercambien informes o investigue sobre la existencia de recursos pesqueros argentinos; no se facilite a través de vuelos el comercio con San Pablo y desde ahí al resto del mundo, para que a través de ello, los ocupantes de Malvinas eviten el pago de aranceles a la importación de materias primas a la U.E. a partir del Brexit.   

El Congreso de la Nación, a su vez, debería revisar el Tratado de “Promoción y Protección de Inversiones” firmado en Londres el 11 de diciembre de 1990 y, sancionado por la Ley 24.184.

Recordemos:

El 2 de febrero de 1825, se firmó en Buenos Aires el «Tratado de Amistad, Comercio y Navegación» de “Perpetua Amistad” entre el RU y las Provincias Unidas del Río de la Plata, donde se estableció, una serie de privilegios, como transformar en inembargables sus posesiones, la libre navegación en mares y ríos, la aplicación de la “cláusula de Nación más favorecida” en todos los negocios, incluso, más que las que pudieran recibir las empresas argentinas. Ello no impidió la ocupación de Malvinas en 1833.

El 1 de mayo de 1933 se firmó en Londres y el 28 de julio se sancionó la Ley 11.693 que aprobó el Tratado Roca-Runciman para proteger el mercado de carnes en la Commonwealth en beneficio del decadente imperio británico, con el compromiso argentino de vender a precios más bajos que los proveedores mundiales; no habilitar para estas ventas a frigoríficos nacionales; crear en Banco Central autárquico de capitales privados con fuerte composición de funcionarios británicos, además de adjudicarle al RU el monopolio del transporte de Buenos Aires, etc.

El 19 de octubre de 1989 (Madrid), el 19 de diciembre de 1989 (París) y el 15 de febrero de 1990 (Madrid) se efectuaron las horríbiles Declaraciones Conjuntas.

El 10 de septiembre de 1991 se sancionó la Ley 23.968 de “los espacios marítimos”, que determinó las líneas de base, facilitando al RU el establecimiento de la ZEE en territorio marítimo argentino.

El 13 de diciembre de 2016 se firmó el Pacto Foradori-Duncan, una chupada de medias canallesca y una demostración de ciertos gobernantes de demoler los escasos vestigios de soberanía nacional, que corren presurosos para asegurarle a Winston Churchill que se cumpla aquello de: “No dejen que la Argentina se convierta en potencia, arrastrará tras ella a toda América Latina”.

¿El resultado de diplomáticos probritánicos? No necesariamente. Política, estratégica, educación, colonización y, resultados probritánicos.       

Nuestros maestros debieran enseñar a sus alumnos, que en las “Invasiones Inglesas” de 1806 no lechamos a los ingleses con aceite, al contrario, ellos se dieron cuenta y volvieron, porque en este gran país, hay mucho territorio y muchos recursos naturales para explotar y, muchos argentinos, parecen no darse cuenta de ello. Mientras tanto, Malvinas, para nosotros son como el unicornio azul, son nuestras y las queremos.

¿Dónde están los custodios de la Nación? Muertos o escondidos. Ya pasaron 30 años, es hora con Declarar Finalizada la Declaración de Madrid.

Ceterum censeo Carthaginem esse delendam.

Dr. César Augusto Lerena

Experto en Atlántico Sur y Pesca, ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Ctes) ex Profesor Universidad UNNE y FASTA, Asesor en el Senado de la Nación, Doctor en Ciencias, Consultor, Escritor, autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía de Entrega”) y articulista de la especialidad.

25 de junio de 2020

En reconocimiento al Dr. Julio C. González y al Senador Pedro Molina (PJ Santa Cruz, por su esclarecida prédica y lucha por defender los intereses de la Nación


[1] La Nación, 12.6.2020.

[2] Las delegaciones de los gobiernos argentino y británico se reunieron en Madrid (I) del 17 al 19 de octubre de 1989 y en Paris los días 18 y 19 de diciembre de 1989 para tratar cuestiones de pesca y, en Madrid (II) 15 de febrero de 1990 para perfeccionar la Declaración.

[3] Escrito de carácter satírico y agresivo que se utiliza como medio de combate en polémicas ideológicas o literarias o como medio de difamación.

[4] El Embajador inglés le dijo al argentino: «le pedimos que la Argentina reconozca que existe, en la práctica, una FICZ (una zona de exclusión pesquera). No le pedimos al gobierno argentino que diga nada en público, simplemente le pedimos que deje que sigan las cosas». A lo que García del Solar respondió: «…El levantamiento de la zona de protección militar es esencial. La Argentina no está pidiendo el levantamiento de la FICZ» (Clarín (Oscar Raúl Cardozo), 2da. Sección, pág. 10, 29.3.92).

[5] Proclama N° 4.

[6] El Reino Unido tendrá invadido por la fuerza 1.639.900 km2 del territorio marítimo argentino (1 millón de reserva ecológica), gap (1.900 Km2))y ZEE (438.000 km2– alrededor de Malvinas y otras tantas millas alrededor de Georgias del Sur y Sándwich del Sur)

[7] Punto 7. Ambas Delegaciones expresaron la satisfacción de sus gobiernos por el Informe del “Grupo de Trabajo argentino- británico sobre pesca” que se reunió en Paris los días 18 y 19 de diciembre de 1989. Se acordó que ambos gobiernos procederán – a través de sus respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores – a intercambiar la información disponible sobre las operaciones de las flotas pesqueras, las estadísticas pertinentes sobre captura y esfuerzo de pesca y los análisis del estado de los stocks de las especies de altura más significativas, dentro del área marítima del Océano Atlántico comprendida entre los paralelos de 45′ de latitud sur y de 60’de latitud sur. Asimismo, acordaron evaluar conjuntamente dicha información y explorar bilateralmente las posibilidades de cooperación y conservación.

[8] Conferencia de Yalta, en 1945, ex primer ministro del Reino Unido.

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